Serie sobre mercados de carbono | Ley de comentarios (enmienda) sobre el cambio climático, 2023 – Cambio climático

Serie sobre mercados de carbono |  Ley de comentarios (enmienda) sobre el cambio climático, 2023 - Cambio climático

En nuestra advertencia anterior en la serie Mercado de Carbono,
Ley de cambio climático (enmienda)Proporcionamos información de alto nivel sobre la Ley de Cambio Climático (Enmienda) de 2023 (Ley de Enmienda), que introduce y regula los mercados de carbono en Kenia para promover la reducción de las emisiones de carbono a través de contribuciones voluntarias.

Si bien la Ley de Enmienda representa un importante paso adelante en los esfuerzos de Kenia para mitigar los impactos del cambio climático y desarrollar un mercado de carbono sólido, algunas lagunas y deficiencias dentro de la Ley de Enmienda requieren una mayor revisión o aclaración.

Mercados de cumplimiento

La Ley de Enmienda se centra principalmente en el comercio de carbono, como se describe en la Sección 23 C, lo que resulta en: (i) acuerdos comerciales bilaterales o multilaterales, (ii) acuerdos público-privados, o (iii) mercado voluntario. Sin embargo, la Ley de Enmienda no proporciona un marco para otros tipos de mercados de carbono, como los mercados de cumplimiento. Los mercados de cumplimiento desempeñan un papel importante en el seguimiento del comercio de créditos de carbono. Su omisión genera preocupación sobre la compatibilidad de la ley de enmienda con diferentes modelos de mercado de carbono, lo que obstaculiza la capacidad de Kenia para explotar plenamente el potencial del comercio de créditos de carbono y los diversos mecanismos de mercado para la reducción de emisiones.

Desarrollo del mercado empresarial local.

La Ley de Enmienda posiciona a Kenia principalmente como una fuente de créditos y compensaciones de carbono comercializados en el extranjero y no crea expresamente mecanismos ni propone intervenciones específicas para el desarrollo de mercados nacionales de comercio de carbono. Idealmente, Kenia debería buscar promover la creación de un marco local voluntario de comercio de carbono. Un mercado local voluntario de comercio de carbono es un componente crítico de la equidad intergeneracional y la distribución equitativa de los beneficios con los ciudadanos y participantes de la economía de Kenia.

Créditos de carbono antes de la Ley de Enmienda

La Ley de Enmienda no aborda el comercio de proyectos y créditos de carbono en el marco del mercado de carbono del Protocolo de Kioto. No existen procedimientos de transición para hacer frente a las reducciones logradas antes del 1 de enero de 2013 y registradas antes de esa fecha. Además, la Ley de Enmienda no aborda cuestiones relacionadas con (i) créditos de emisiones utilizados anteriormente, (ii) reducciones de emisiones logradas en violación de los derechos humanos y sin consentimiento previo y libre, y (iii) proyectos de carbono con impactos sociales y ambientales negativos sustanciales. . La falta de disposiciones transitorias bajo el régimen del Protocolo de Kioto genera preocupación sobre la capacidad de la ley de enmienda para abordar los esquemas anteriores del mercado de carbono y sus impactos.

Marco de participación en los beneficios

La Ley de Enmienda introduce el requisito obligatorio de asignar un porcentaje sustancial de los ingresos del plan a contribuciones sociales anuales. También exige una contribución adicional al prever la distribución de «beneficios» con las comunidades afectadas. Al agregar la contribución social anual regular de la Ley de Enmienda del 40% o 25% a la comunidad, con respecto a proyectos terrestres o terrestres respectivamente, así como la distribución de beneficios con las comunidades afectadas, el marco de distribución de beneficios puede considerarse más alto bajo la Ley de Enmienda en comparación con el promedio mundial.

Además, la Ley de Enmienda no proporciona procedimientos definidos para implementar este requisito de participación en los beneficios. Como resultado, el mecanismo y el marco específicos para distribuir estos beneficios a las comunidades afectadas siguen sin estar definidos ni claros. Esta ambigüedad puede causar dificultades en la implementación práctica y la eficacia de la disposición de participación en los beneficios, permitiendo posibles incertidumbres y disputas futuras con respecto a la distribución equitativa de los beneficios entre las partes afectadas.

Participación en Utilidades: Mayores aportes sociales anuales a la comunidad

Como se explica más adelante, las contribuciones sociales anuales y los acuerdos de distribución de beneficios de la Ley de Enmienda son más altos que las contribuciones en varias otras jurisdicciones, lo que corre el riesgo de disuadir a los proponentes de proyectos de invertir en proyectos de carbono en Kenia. Hemos proporcionado una breve descripción comparativa de los marcos de distribución de beneficios de los proyectos de carbono en otras jurisdicciones y lo que se espera que los proponentes de proyectos de proporciones típicas contribuyan a diversas partes interesadas en otras jurisdicciones:

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Falta de claridad sobre los estándares de carbono

Los estándares de carbono son fundamentales para certificar que los créditos de carbono son legales y tienen un impacto significativo en la reducción de emisiones. Aunque la Ley de Enmienda se refiere al uso de estándares de carbono, no especifica el estándar de carbono específico que se aplicará en la acreditación y certificación. Además, la ley de enmienda menciona que los proyectos de compensación de carbono deben evitar que las emisiones entren a la atmósfera durante un «período de tiempo razonable». Sin embargo, la Ley no define qué constituye un «plazo razonable» en este contexto. Esta falta de claridad crea ambigüedad, lo que, a su vez, dificulta la determinación de la autenticidad y credibilidad de los créditos de carbono. La falta de claridad con respecto a los estándares de carbono puede aumentar el riesgo de «lavado verde», la práctica de exagerar o afirmar falsamente los beneficios ambientales de un producto o proyecto. Además, puede existir el riesgo de que los proyectos de compensación de carbono no generen los beneficios ambientales que dicen lograr, socavando la eficacia general de los esfuerzos para combatir el cambio climático como se propugna en la Ley de Enmienda.

Recomendación obligatoria al Tribunal Nacional del Medio Ambiente

Cualquier controversia relativa a proyectos terrestres o terrestres, que no sea resuelta dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la controversia, será remitida al Tribunal Nacional del Medio Ambiente (Tribunal). Este requisito obligatorio de remitir las disputas al Tribunal después de 30 días no tiene en cuenta la complejidad de las disputas que pueden surgir de la naturaleza del plan de carbono y, debido a la gran cantidad de partes interesadas, las disputas pueden requerir más de 30 días para que se tome una decisión justa y equitativa. ser alcanzado.

La remisión obligatoria a un tribunal debería ser un requisito de último recurso para las disputas no resueltas. El requisito de que las disputas se remitan a un tribunal local limita las opciones disponibles para los inversores internacionales que soportan sustancialmente los costos y riesgos del proyecto, lo que podría disuadir al proponente de establecer el proyecto en Kenia.

Intereses comunitarios

Con el fin de salvaguardar los intereses comunitarios intergeneracionales y defender el derecho constitucional al desarrollo sostenible, al tiempo que se permite flexibilidad para diferentes tipos de esquemas de derechos de carbono, la Ley de Enmienda debe especificar requisitos mínimos o pautas para proteger los intereses de cada comunidad que comparte carbono. Planificación de proyectos.

Requisitos de cumplimiento adicionales y costos asociados

Según la Ley de Enmienda, todo proyecto de comercio de carbono debe obtener una Evaluación de Impacto Ambiental y Social (ESIA). Este requisito parece excesivo ya que no todos los proyectos de carbono cumplen con los criterios de la Ley de Coordinación de la Gestión Ambiental (EMCA) para las EIAS obligatorias. En nuestra opinión, sólo los proyectos que por su naturaleza están sujetos a EMCA necesitan obtener una EIAS. Los proyectos que no estén sujetos a EIAS bajo EMCA no deberían estar sujetos a dicho proceso a través de la Ley de Enmienda, ya que hacerlo reduciría gravemente el potencial del mecanismo de carbono propuesto para reducir, eliminar o evitar efectivamente las emisiones en los sectores objetivo. En línea con los objetivos de Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) de Kenia.

Si bien los costos asociados con las evaluaciones y certificaciones obligatorias pueden hacer que las actividades de comercio de carbono dentro de Kenia sean ineficaces, la carga financiera impuesta por estos requisitos supera los beneficios potenciales de participar en el comercio de carbono en el país.

Conclusión

El potencial comercial del mercado de carbono de Kenia mejorará aún más una vez que el país aborde los déficits creados por la ley de enmienda. No abordar estas deficiencias puede reducir el interés de los inversores hacia el desarrollo de proyectos de reducción de carbono en Kenia, creando en última instancia un obstáculo para el logro de los objetivos de la NDC de Kenia a través de la cooperación voluntaria.

Colaboradores

1. Kimberly Mureethi – Asociada
2. Fenon Estefanos – Abogado en prácticas
3. Sharon Muoki – Abogada en prácticas

Notas a pie de página

1 Sección 34(2) del Reglamento de Gestión Ambiental (Reglamento y Gestión del Comercio de Carbono), Tanzania, 2022. Los porcentajes indicados anteriormente son secciones sin autoridad de gestión.

2 Ghana está en el proceso de desarrollar su marco de distribución de beneficios bajo REDD+; sin embargo, ya existen varios regímenes de distribución de beneficios. Arriba se muestra el marco de ‘participación de los ingresos de las plantaciones privadas comerciales’ adoptado por la Comisión Forestal de Ghana en https://www.forestcarbonpartnership.org/system/files/documents/FC%20BS%20Final%20Report.pdf.

3 Sección 12 y Séptimo Anexo del Reglamento (General) de Créditos de Carbono, Cap 20:27, Zimbabwe, 2023.

4 Ley de Biodiversidad de 2002 y funciones de la Autoridad Nacional de Biodiversidad (NBA), India.

5 Marco de distribución de beneficios, Regulador de energía limpia del gobierno australiano, consultado en https://www.cleanenergyregulator.gov.au/ERF/Want-to-participate-in-the-Emissions-Reduction-Fund/Step-4-Delivery- y -Pago/Acuerdo-de-gestión/Marco-de-distribución-de-beneficios.

6 La definición de ingresos brutos no está definida en la Ley de Gestión Ambiental (Cap.191) de Tanzania ni en el Reglamento de Gestión Ambiental (Regulación y Gestión del Comercio de Carbono), Tanzania, 2022. Eso significa que los ingresos brutos se toman como ingresos brutos. Devengado antes de la deducción de gastos y pérdidas.

7 La participación en los ingresos según el Reglamento (General) de Créditos de Carbono, Zimbabwe, 2023 se define como la cantidad total de ingresos recibidos por el proponente del proyecto por la venta de créditos de carbono.

Publicado originalmente el 2 de octubre de 2023.

El contenido de este artículo pretende proporcionar una guía general sobre el tema. Se debe buscar asesoramiento de expertos con respecto a sus circunstancias particulares.

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